Además continuaran diversas medidas preventivas para evitar el contagio contra el Covid-19, prevalecerán
PUENTE INFORMATIVO/Cd Victoria
Este domingo la Coepris en Tamaulipas dio a conocer diversos lineamientos referentes a la contingencia del Covid-19, entre los que destacan el uso “obligatorio” y “correcto” del cubre bocas en espacios cerrados.
Asi como el lavado frecuente de manos y el uso del gel antibacterial, asi como continuar con la sana distancia y evitar aglomeraciones.
Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos de seguridad sanitaria y de salud para la reapertura gradual y responsable de las actividades económicas no esenciales para contener la pandemia provocada por el virus sars-cov2 (Covid- 19) en el estado.
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo es obligatorio y de aplicación en el territorio del Estado de Tamaulipas, y sus disposiciones son de orden público e interés social, mismos que contienen objetivos, consideraciones, recomendaciones y estrategias sobre las medidas de prevención y protección de la salud que deben ejecutar los sectores público, económico y social para lograr un retorno o la continuidad de las actividades laborales seguro, gradual y responsable.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se establecen las actividades que deberán atender los municipios de la Entidad, por lo tanto, la reapertura de los establecimientos contemplados dentro de las actividades económicas no esenciales, deberá efectuarse con estricto apego a las medidas de seguridad en materia sanitaria dictadas por la autoridad correspondiente, señaladas a continuación:
ARTÍCULO TERCERO.- Todos los municipios de la Entidad deberán observar las medidas de seguridad en materia de sanitaria previamente establecidas: 1. En todos los lugares, recintos y establecimientos, públicos o privados en espacios abiertos o cerrados, se deberán observar, en todo momento, las siguientes prácticas de prevención: a. Las personas deberán lavarse las manos frecuentemente; b. Las personas al estornudar o toser deberán aplicar la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo); c. No saludar de beso, de mano o abrazo (saludo a distancia); d. Portar de manera correcta el cubre bocas o mascarilla facial en nariz y boca; e. Utilizar gel antibacterial para manos y superficies; y f. Mantener todas las medidas de sana distancia recomendadas por las Secretarías de Salud, tanto federal como estatal. 2. Es obligatorio el uso de cubrebocas para lugares públicos y privados en espacios cerrados y abiertos.
ARTÍCULO CUARTO. Se autoriza a las autoridades competentes de la Secretaría de Salud del Estado de Tamaulipas y de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Tamaulipas, para vigilar que se cumplan con las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo, así como el cumplimiento de los presentes Lineamientos y protocolos respectivos. De igual manera tendrán la facultad de exhortar a los establecimientos con las medidas adicionales a las dispuestas en este Periódico Oficial del Estado. De conformidad con el artículo 402 y 403 de la Ley General de Salud; fracción V del articulo 4; y la fracción VI del artículo 13 de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas, se faculta a los Municipios del Estado de Tamaulipas a efecto de que actúen como autoridades auxiliadoras para vigilar la observancia de las medidas de seguridad sanitarias establecidas en el presente Acuerdo, y en su caso, la aplicación de la sanción que administrativamente corresponda.
ARTÍCULO QUINTO. El Comité Estatal de Seguridad en Salud evaluará de manera permanente las fases