PUENTE INFORMATIVO/CDMX
Habrá descanso para trabajadores el 15 y 16 de septiembre de 2026, La cercanía de las Fiestas Patrias genera dudas entre trabajadores y estudiantes sobre los días de descanso.
Pese a que ambas fechas forman parte de las celebraciones por la Independencia de México, únicamente una está reconocida como descanso obligatorio por la legislación laboral. El calendario escolar también establece condiciones diferentes para cada jornada.
Para los trabajadores, el martes 15 de septiembre será un día laboral normal. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo no incluye esta fecha entre los descansos obligatorios.
Sin embargo, cada empresa o patrón podrá decidir si descansan o permiten que su personal salga antes. Esta medida dependerá de las reglas internas de cada centro de trabajo.
En cambio, el miércoles –16 de septiembre- sí tendrá carácter de descanso obligatorio en todo México, según la -Ley Federal del Trabajo-.
Debido a que la fecha caerá a -mitad de semana-, no se formará un puente de varios días. La pausa laboral se limitará al miércoles, salvo que una -empresa establezca- condiciones distintas para su personal.
Asimismo, las escuelas de educación básica suspenderán clases durante esa jornada, según lo -señalado en el calendario oficial de la SEP-.
La normativa laboral protege a quienes cubren turnos en fechas festivas, estipulando que percibirán su sueldo regular sumado a una compensación doble por sus horas prestadas.